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Ley de amparo minero entra en vigencia: posterga patentes y reduce costos para pequeños productores

Ley N°21.853 aplaza patentes mineras hasta febrero 2027, elimina patente progresiva y amplía beneficios para pequeña, mediana y artesanal minería en Chile.

La Ley N°21.853 aplaza pagos de patentes 2026 hasta febrero 2027, elimina patente progresiva y amplía beneficios para minería artesanal, pequeña y mediana en todo Chile.

Con su publicación en el Diario Oficial el 5 de noviembre de 2026, entró en vigencia la Ley N°21.853 de amparo minero, una normativa que introduce cambios estructurales en el régimen de patentes mineras y ofrece alivios inmediatos a operadores de exploración y explotación en todo el país.

La iniciativa aplaza hasta el 28 de febrero de 2027 el pago de patentes mineras correspondientes a 2026, suspendiendo simultáneamente los remates sobre concesiones de exploración y explotación. Adicionalmente, la Tesorería General de la República (TGR) condonará los recargos por mora o retraso en esos pagos, y permite suscribir convenios de cancelación en cuotas mensuales de hasta 12 meses.

Eliminación de patente progresiva: reducción de costos estructural

Uno de los pilares centrales de la ley es el fin al cobro de patente progresiva con tope de hasta 12 UTM por hectárea, reemplazado por una tasa fija de 0,4 UTM por hectárea para concesiones de explotación. Este cambio reduce sustancialmente los costos que afectaban especialmente a productores medianos y pequeños.

La normativa amplía las causales para acceder a patente rebajada de 0,1 UTM por hectárea, eliminando requisitos burocráticos de parentesco y tipos societarios. Incorpora además una nueva causal por exploración, evitando que productores presenten la misma documentación anualmente.

El beneficio de patente rebajada se extiende ahora no solo a titulares de concesiones, sino también a arrendatarios y quienes exploten legítimamente la mina. La rebaja se mantiene mientras el proyecto cuente con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) vigente o esté en proceso de evaluación ambiental.

Nuevo régimen especial para pequeña minería

La ley introduce un régimen especial para titulares de hasta 500 hectáreas que desarrollen trabajos mineros y estén empadronados en ENAMI u otro poder de compra reconocido, permitiendo mantener patente rebajada por 5 años.

Para minería artesanal y pequeños productores, la normativa amplía la extensión de superficie susceptible de patente rebajada de 50 a 100 hectáreas para artesanales y de 100 a 150 hectáreas para pequeños productores. Además, elimina la exigencia de acreditar servidumbres y aumenta la mantención de la rebaja de 2 a 5 años.

Implementación progresiva y declaraciones oficiales

Si bien la ley ya está en vigencia para las disposiciones sobre postergación de pagos y condonación de recargos, las modificaciones relativas a montos de patente anual y el régimen especial de pequeña minería comenzarán a regir una vez se publique el Reglamento del Código de Minería que defina condiciones específicas.

El biministro de Economía y Minería, Daniel Mas, señaló que “con la entrada en vigencia del nuevo régimen de patentes, estamos corrigiendo y simplificando una legislación que puso en riesgo el desarrollo de cientos de proyectos de la minería artesanal, pequeña y mediana a lo largo del país”.

Por su parte, el subsecretario de Minería, Álvaro González, enfatizó que la ley “entrega nuevas oportunidades a cientos de mineros” y aclaró que la postergación de pagos y remates constituye “una medida excepcional y transitoria”.

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